No hay que esperar a que el Tribunal Constitucional decida sobre la nueva normativa lingüÃstica para poder imponer más castellano en las aulas catalanas. Asà lo ha argumentado la sección 5ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), que ha ordenado más horas de castellano âel equivalente al anterior 25%, una asignatura troncalâ en una clase a petición de una familia.
La resolución del TJSC tiene dos conclusiones de fondo, más allá de su aplicación concreta en un centro de Barcelona. Por un lado, supone un revés al intento del Govern de sacar la cuestión lingüÃstica de los tribunales. Al mismo tiempo, los jueces encargados de resolver sobre las disputas lingüÃsticas han demostrado que son ellos los que en realidad tienen la sartén por el mango, por mucho que desde el legislativo se vayan aprobando distintas normativas que, según los polÃticos, blindan el catalán en la escuela.
El choque entre el TSJC y el Govern y el Parlament parecÃa haberse atemperado tras la aprobación, con el apoyo del PSC y comuns, de la nueva ley lingüÃstica, que prohibÃa los porcentajes de lenguas oficiales en la enseñanza. La respuesta de los jueces fue llevar la nueva norma al Constitucional, al tiempo que constaron que la ley les impedÃa seguir fijando un mÃnimo de 25% de castellano en el aula como venÃan haciendo hasta ahora (no solo para alumnos concretos, sino en el conjunto del sistema educativo).
Pese a estos planteamientos anteriores, la misma Sala argumenta ahora que no resulta “necesario” esperar a que el Constitucional se pronuncie, en lo que supone un nuevo tira y afloja entre poderes. El motivo, arguyen los jueces, es que se trata de una petición “individual” de un alumno en un centro concreto y no de todo el sistema educativo.
La orden de los jueces es equivalente a las decenas que habÃan dictado con anterioridad, cuando sà especificaban que debÃa impartirse un 25% de clases en castellano. Ahora simplemente eliminan el porcentaje y se limitan a ordenar que se enseñe “de manera Ãntegra” en español una asignatura troncal no lingüÃstica. En otras palabras: los jueces deciden lo mismo que antes de la ley, pero sin concretar un porcentaje vedado por la nueva legislación.
Es más, la petición de la familia era, en concreto, de un 25% de castellano, pero los jueces advierten de que “no puede utilizarse un parámetro porcentual” con la nueva legislación. No obstante, una vez analizada la situación del alumno, los togados sà consideran viable “establecer una garantÃa de adecuación del uso de las lenguas oficiales de acuerdo en términos sustancialmente iguales” al 25%.
Lo que tampoco cambia es el rechazo frontal de los jueces al sistema de inmersión lingüÃstica en catalán. Afean los magistrados a la escuela de la demanda que tenga una presencia “residual” del castellano, ya que, de 25 horas lectivas semanales, se imparten trece horas y media en catalán; una hora y media en castellano; una en inglés; y el resto en catalán a excepción de tres “talleres” en cada una de las tres lenguas.
En suma, para los magistrados la presencia del castellano en esa escuela es “insuficiente”, por lo que ordenan aumentar la presencia del castellano en el aula tal y como habrÃan hecho si la nueva ley les permitiera concretarlo mediante el 25%.